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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE EMPRESAS Y ORGANISMOS UBERNAMENTALES QUE FABRICAN,
ALMACENAN, IMPORTAN, EXPORTAN, ADQUIEREN, COMERCIALIZAN, USAN Y TRANSPORTAN EXPLOSIVOS, QUÍMICOS Y SUSTANCIAS AFINES.

  1. OBJETIVO:
    Establecer las Normas y Procedimientos Generales para el registro y control de las Empresas y Organismos Gubernamentales que fabrican, almacenan, importan, exportan, adquieren, comercializan, usan y transportan explosivos, químicos y sustancias afines bajo el Régimen Legal Nº 7 del Arancel de Aduanas.

  2. SITUACIÓN:
    La Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en virtud de la responsabilidad que tiene como institución competente, para reglamentar y controlar el registro, fabricación, importación, almacenamiento, exportación, tránsito y comercio de explosivos y sustancias afines bajo el Régimen Legal Nº 7 del Arancel de Aduanas, en razón de lo dispuesto en el Artículo 324 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de acuerdo a la Directiva Nº MDDGSSDARFA- 05-2000, publicada en Gaceta Oficial N° 5.486 Extraordinaria de fecha 31 de Agosto de 2000, donde se especifican los "Trámites y Disposiciones para el Usuario de Explosivos y Sustancias Afines", dicta la siguiente Providencia Administrativa relacionada con las Normas y Procedimientos Generales con el propósito de regular el registro y control de las Empresas y Organismos Gubernamentales que fabrican, almacenan, importan, exportan, adquieren, comercializan, usan y transportan explosivos, químicos y sustancias afines bajo el Régimen Legal Nº 7 del Arancel de Aduanas.